Doctrina del Supremo sobre la prueba de cargo y el acceso a datos tributarios

16/06/2025

El Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación interpuesto contra un expediente sancionador promovido por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. La cuestión esencial se centra en la licitud de la prueba de cargo empleada para justificar la imposición de la sanción.

Hechos probados

Sanción municipal a un titular de licencia de taxi

El Ayuntamiento sancionó a un titular de licencia de taxi por una infracción muy grave derivada de la cesión irregular de la licencia a terceros. Como consecuencia, se le impuso una multa, la pérdida de autorizaciones y la revocación definitiva de la licencia. La sanción se fundamentó en una prueba de cargo constituida por datos obtenidos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), sin que mediara el consentimiento del afectado.

La controversia: la prueba de cargo y el uso de datos tributarios

El recurso de casación cuestionó la validez de la prueba de cargo utilizada por el Ayuntamiento. Los datos tributarios fueron solicitados a la AEAT con un propósito sancionador no vinculado a la gestión tributaria. Dicha solicitud se realizó sin habilitación legal expresa y sin el consentimiento previo del interesado.

El artículo 95.1 de la Ley General Tributaria y los límites de la prueba de cargo

El Tribunal Supremo, siguiendo su doctrina consolidada, interpretó el artículo 95.1 de la Ley General Tributaria (LGT), que regula el carácter reservado de los datos tributarios. Solo es posible utilizar estos datos como prueba de cargo cuando concurren alguna de estas circunstancias:

  • La cesión tiene como fin una actuación tributaria.
  • Existe una norma legal que habilita la colaboración entre Administraciones.
  • El interesado ha prestado su consentimiento previo cuando la finalidad es ajena al ámbito tributario.

En el supuesto enjuiciado, la prueba de cargo fue obtenida sin que concurriera ninguno de estos supuestos habilitantes, vulnerando el régimen de protección de los datos tributarios.

Fallo del Tribunal Supremo: anulación de la prueba de cargo y de la sanción

El Tribunal Supremo concluyó que la utilización de datos tributarios como prueba de cargo en un procedimiento sancionador de naturaleza no tributaria vulnera tanto el principio de legalidad sancionadora como derechos fundamentales del administrado, en concreto, el derecho a la intimidad (artículo 18 CE) y el derecho al debido proceso (artículo 24 CE). Al sustentarse la sanción en una prueba de cargo ilícitamente obtenida, el Alto Tribunal estimó el recurso de casación, anuló la sanción y declaró la nulidad de la actuación administrativa.